martes, 7 de junio de 2011

Levantan la imputación a Henríquez de Luna en el caso Becara

MADRID.- El juez Santiago Torres ha acordado el sobreseimiento "libre y parcial" de la imputación del exconcejal del distrito de Salamanca y portavoz del PP en la Asamblea de Madrid, Íñigo Henríquez de Luna, en el denominado 'caso Becara' en el que se investigan presuntas anomalías en la concesión a este local ubicado en la 'Milla de Oro' de Madrid de la licencia de actividad y funcionamiento.

   En un auto dictado el pasado 25 de mayo,  el magistrado especifica que la decisión "no es firme" y puede ser recurrida en el plazo de tres días. Además, desestima y deniega "en su integridad" la solicitud de sobreseimiento de la causa solicitada por el Ministerio Fiscal y el Ayuntamiento de Madrid al estimar que procede continuar con la instrucción ante la existencia de indicios de un delito de prevaricación administrativa.
   Este procedimiento se inició a instancias de una denuncia interpuesta por María Adelaida Rodríguez-Patón y Juan Mariano Goyeneche, vecinos del edificio de la calle Juan Bravo. Esta familia dio cuenta al juez Torres de una serie de irregularidades cometidas supuestamente por responsables de la Gerencia Municipal de Urbanismo en la concesión de licencias a Becara.
   La denuncia sobre este caso exponía que en la concesión de la licencia había "un trato preferencial por parte del Ayuntamiento de Madrid en los trámites administrativos" a la hora de conceder la licencia a los propietarios de este local.
   Ahora, el juez Torres especifica que, después de diversas diligencias practicadas, "no se ha podido comprobar que el imputado Íñigo Henríquez de Luna como concejal del distrito de Salamanca haya tenido una mínima participación en los expedientes administrativos relativos a las licencias de actividad y funcionamiento del local, así como a la modificación parcial del planeamiento urbanístico".
   Asimismo, precisa que la copia de los expedientes administrativos pone de manifiesto que los documentos "han sido tramitados por el Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda y no por la Junta municipal del distrito de Salamanca".
   Añade que tampoco consta "ningún acto personal que se haya evidenciado por actos exteriores en expedientes administrativos o contactos con funcionarios en los que tal imputado haya intermediado o intentado favorecer" a los solicitantes de la licencia para el local.
   No obstante, recalca que la comprobación de los expedientes administrativos incorporados a la causa permite sostener la apariencia de que en los trámites practicados por el Área de Gobierno y Urbanismo existen "suficientes anomalías procedimentales para continuar con la investigación".
   Así, alude a la "existencia de actos administrativos que evidencian tratos de favor a la entidad solicitante, como el acceso directo a los expedientes a fin de aportar datos de otros interesados que no pueden acceder sin acreditar, a requerimiento municipal, la condición de interesado.
   Además, menciona la omisión de trámites administrativos esenciales como es el caso de los informes previos preceptivos antes de acordar la revisión de oficio de actos administrativos.
   Por ello, concluye que al no parecer "claramente" descartada la existencia de infracción penal impiden en esta fase procesal admitir la pretensión de sobreseimiento deducida, sin perjuicio de lo que resuelva un vez alcanzada la causa el estado procesal de conclusión de la instrucción.

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