MADRID.- La Consejería de Economía y Hacienda de la
Comunidad de Madrid podrá retener el 10 por ciento del libramiento
mensual derivado de las transferencias corrientes de carácter nominativo
a las universidades madrileñas en el caso de que estas no cumplan con
el equilibrio presupuestario.
Así se desprende del Anteproyecto de Ley de los presupuestos
generales de la Comunidad de Madrid para el próximo ejercicio 2013,
donde se establece que en el caso de que las universidades no cumplan
con este equilibrio tendrán la obligación de aprobar en el plazo de tres
meses un plan económico-financiero de reequilibrio para un tiempo
máximo de tres años.
Economía, previo informe de la Consejería de Educación, Juventud y
Deporte, podrá proceder a retener este 10 por ciento en el caso de que
las universidades no elaboren en plazo este plan de reequilibrio, o si
dicho plan no es aprobado por el Consejo de Gobierno de la Comunidad por
no cumplir con los requisitos legales y reglamentarios.
También se puede proceder a la retención en el caso de que una vez
aprobado el plan, la universidad no lo cumpla o en supuestos de
liquidación del presupuesto con rematante negativo, ante la ausencia de
adopción de medidas contempladas en el real decreto sobre la
racionalización del gasto público en el ámbito educativo.
La Consejería de Educación reanudará el pago completo de los
libramientos mensuales así como las cantidades retenidas con
anterioridad, con un máximo de seis mensualidades, cuando se apruebe el
plan de reequilibrio o se observe el efectivo cumplimiento del mismo.
Además, las universidades públicas podrán realizar transferencias
de crédito entre capítulos de operaciones corrientes y entre capítulos
de operaciones de capital, que podrán ser acordadas por el Consejo
Social.
Las cuentas anuales consolidadas de las Universidades Públicas de
la Comunidad deberán someterse, antes de su aprobación, a una auditoría
externa financiera y de cumplimiento. Estas cuentas deberán enviarse a
la Intervención General de la Comunidad de Madrid y a la Dirección
General de Universidades e Investigación antes del 30 de junio del
ejercicio siguiente.
De acuerdo con el principio de transparencia de la Ley Orgánica de
Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, los
presupuestos de las universidades públicas y sus liquidaciones deberán
contener información "suficiente y adecuada" para permitir la verificación de su situación financiera y el cumplimiento de los objetivos de equilibrio presupuestario.
En este punto, la Comunidad recabará de las universidades la
información necesaria para el cumplimiento de este objetivo de
transparencia. En el caso de no cumplir con este requerimiento de
información, el Gobierno regional también podrá proceder a la retención
del 10 por ciento del libramiento mensual de las mencionadas
transferencias.
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