domingo, 22 de abril de 2012

El PSM quiere rehabilitar el Palacio del Infante Don Luis en Boadilla


MADRID.- El Grupo Parlamentario Socialista en la Asamblea de Madrid ha registrado una Proposición No de Ley (PNL) en la que insta a la Comunidad de Madrid a que coordine las actuaciones necesarias para la rehabilitación y puesta en valor del Palacio del Infante Don Luis y su entorno con el Ayuntamiento de Boadilla del Monte.

   En el texto que han registrado los socialistas también instan al Ejecutivo regional a  redactar el Plan Director del Palacio del Infante Don Luis en los términos previstos en el artículo 27 de la Ley 10/1998, de 9 de julio, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, que obliga a conservar estos bienes.
   Los socialistas exponen que el Palacio del Infante Don Luis fue construido en 1765 por Ventura Rodríguez, quien concibió una de las obras más notables del neoclasicismo madrileño y que responde a una iniciativa del Infante Luis de Borbón y Farnesio, el menor de los hijos varones del rey Felipe V y hermano de Carlos III, que se hizo con el señorío de Boadilla en 1761, adquiriéndolo por compra a la marquesa de Mirabal.
   Según afirman, el palacio está coronado por dos pequeños torreones situados en los extremos, sobre las cubiertas, que emulan la disposición del primitivo Palacio de las Dos Torres, sobre el que fue erigido el edificio actual y señalan que a diferencia del severo trazado del exterior, el interior destaca por su suntuosidad, especialmente visible en la capilla.
   Asimismo, exponen que en la capilla se encuentran el panteón, entre otros, de María Teresa de Borbón y Vallabriga, condesa de Chinchón, segunda hija de Luis Antonio de Borbón y esposa de Manuel Godoy y afirman que el palacio albergaba una importante colección de obras de arte, entre las que figuraban cuadros de Goya, Rembrandt, Murillo, Velázquez y Durero, entre otros artistas.
   El palacio integra además una extensa zona ajardinada y agreste y los jardines están dispuestos en terrazas, a las que se accede a través de escalinatas. A ello se añade la existencia de una huerta y de un parque agreste, que prolongan la zona ajardinada mediante un concepto integrador de arquitectura palaciega y rural.
   Tras describir otros detalles del palacio, los socialistas señalan en la PNL que  con la Guerra Civil española y los graves daños causados en el edificio (fue hospital, cárcel y puesto de mando) comenzaron una serie de intervenciones que afectan tanto a la construcción en si como al uso de la misma por la Dirección General de Regiones Devastadas: Hospital de Sangre, cuartel y, desde 1942 a 1973, escuela para niñas dependientes del Auxilio Social y recuerdan que se perdieron numerosas obras de arte.
   Por último, recuerdan que en 1974 fue declarado Monumento Nacional y hoy tiene la consideración de BIC (Bien de Interés Cultural) y en 1998 fue adquirido por el Ayuntamiento de Boadilla del Monte.
   En este punto, ya en 2006, dicen que el Ayuntamiento cedió el palacio a la Sociedad General de Autores de España (SGAE) por 75 años, pero que a finales de 2009 el proyecto de la SGAE fue rechazado por la Dirección General del Patrimonio de la Comunidad de Madrid, por considerar que ponía en peligro los restos arqueológicos, entre otros motivos.
   En ese momento, el Ayuntamiento decidió retirar la concesión y la SGAE perdió definitivamente el palacio tras anular los tribunales la cesión, porque ya en 2003 el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) anuló un proyecto del entonces ministro de Defensa, que planeaba instalar allí la Escuela Militar Ecuestre y realizar obras nuevas en un edificio que sólo se permiten de rehabilitación.
   Tras exponer estos hechos, desde el PSM indican que la Ley 10/1998 de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, en su artículo 18.1 señala que 'los propietarios, poseedores y demás titulares de derechos reales sobre bienes integrantes del Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid están obligados a conservarlos, mantenerlos, custodiarlos, cuidarlos y protegerlos debidamente para asegurar su integridad y evitar su pérdida, destrucción o deterioro de conformidad con lo dispuesto en la Ley 16/1985, de 25 de junio", y a este respecto, indican que "este deber básico comporta salvaguardar la integridad del bien y no destinarlo en ningún caso a usos y actividades que pongan en peligro la pervivencia de los valores que hacen de él un bien cultural".
   Además, añaden que en su artículo 27.1 señala que "la Consejería de Educación y Cultura, podrá redactar, de oficio o a instancia de los titulares del bien, planes directores específicos para los Bienes de Interés Cultural con categoría de Monumento que contendrán exhaustivamente todas las determinaciones, condiciones, regulación detallada de los usos y características relativas al citado Monumento."
   Por ello, consideran que la protección integral y la definición de usos "debe acordarse entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Boadilla del Monte con el máximo consenso de las fuerzas políticas con representación municipal" en la localidad.

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