MADRID.- El juez Baltasar Garzón ha asegurado hoy ante el  Tribunal Supremo que su decisión de declararse competente para  investigar los crímenes cometidos durante la Guerra Civil y el  Franquismo no fue "una cuestión de ideología". "Hice lo que tenía que  hacer. Los jueces no estamos para ideologías, cada uno tendrá la suya.  Aquí no hubo ideologías", ha afirmado. 
   En su declaración ante el tribunal que le juzga por un delito  de prevaricación, el magistrado ha mantenido que aceptó investigar estos  hechos en aplicación de la doctrina que el Tribunal Supremo aplicó al  'caso Scilingo' y a partir del mismo criterio que le permitió dictar la  detención del dictador chileno Augusto Pinochet. 
   "No hice una cosa diferente a lo que he hecho en todos y cada  uno de los procedimientos en los que correspondía esta decisión  procesal. Hice exactamente igual, ni más ni menos", ha mantenido el juez  a preguntas de su abogado, Gonzalo Martínez-Fresneda. 
   Garzón ha mantenido su convicción de que los crímenes  cometidos en España entre 1936 y 1951 constituyen un delito permanente de  desapariciones forzadas en un contexto de crímenes contra la Humanidad y  conexo al delito contra Altos Organisos de la Nación, lo que  justificaba la competencia de la Audiencia Nacional. 
   Así, ha ha recalcado que en ningún momento sorteó la Ley de  Amnistía, como estableció la mayoría de la Sala de lo Penal de la  Audiencia Nacional, porque los "efectos" de este tipo de delitos  permanecen en el tiempo". 
 "Los crímenes de la naturaleza que se  denunciaron no pueden tener carácter político de ningún tipo, son  crímenes contra la Humanidad", ha defendido. 
   "Me correspondió un asunto en reparto automático y a partir de  ahí hice lo que creí que tenía que hacer acomodándome a las normas  legales en vigor y a las internacionales", ha señalado antes de recordar  que en las causas sobre las dictaduras argentina y chilena la Fiscalía  presentó "recursos durísimos" y luego "cambió de oposición y mantuvo la  acusación".
   En este contexto, ha señalado que antes de aceptar la  investigación y en una fase de diligencias a prevención solicitó a  varias instituciones un censo oficial de desaparecidos, aunque sólo el  ministro de Justicia y exalcalde de Madrid, Alberto Ruiz-Gallardón, le  facilitó los datos que había reclamado. 
   "Un organismo me mandaba a otro. Ningún organismo contribuyó,  sólo el alcalde de Madrid", ha señalado Garzón al explicar que tuvo que  dirigirse "en cadena" a los Ministerios de Interior y Defensa, a la  Conferencia Episcopal y a los Archivos Histórico Nacional, de la Guerra  Civil y General de la Administración para llegar la conclusión de que  "no había ningún dato de censo" sobre desaparecidos. 
   Garzón, que ha añadido después que los Gobiernos de Andalucía,  País Vasco y Cataluña también le suministraron los datos que  necesitaba, ha explicado que precisaba de estos listados para dirimir si  era competente para asumir la causa. Lo hizo el 16 de octubre de 2008  tras haber recibido de las Asociaciones de Memoria Histórica un listado  global en el que referían la existencia de 114.000 casos de  "desaparecidas sin vinculación con la confrontación de la Guerra Civil,  durante, al margen y después de la misma". 
   Tras ello, solicitó a la Policía Judicial que desarrollara  "una investigación" para poder acreditar que los principales  responsables del Alzamiento Nacional y de Falange, a los que se  atribuían las desapariciones, estaban muertos. Según ha explicado, esa  constatación hizo "decaer la competencia por el delito contra Altos  Organismos de la Nación", por lo que el 16 de diciembre de 2008 acordó  ceder la competencia a los juzgados territoriales". 
   En este punto, ha recordado que unos juzgados "dejaron en  suspenso la tramitación, otros la aceptaron y al menos dos, los de  Granada y San Lorenzo de El Escorial, plantearon cuestión de  competencia" que elevó al Tribunal Supremo". 
   Garzón, que también ha defendido durante su intervención el  derecho a la "verdad, la justicia y la reparación" de todas las  víctimas, ha rechazado que esta causa sea similar a las querellas que le  presentaron en su juzgado por los asesinatos que tuvieron lugar en  Paracuellos del Jarama (Madrid) durante la Guerra Civil. 
   Según ha explicado, no estimó la competencia porque "no había  nada en ese caso que adujera o se refiriera a delitos contra Altos  Organismos de la Nación". En todo caso, la investigación correspondía,  según ha defendido, "al juzgado donde se habían producido los hechos".
"Se puede compartir o no, pero está perfectamente razonado y explicado",  ha recalcado.
Igual que los crímenes nazis
Baltasar Garzón ha defendido su "obligación" de investigar las denuncias sobre los crímenes  del franquismo que recibió en su juzgado y que obedecían a "un plan  sistemático y preconcebido de eliminación y desaparición de miles y  miles de personas". Ha comparado esta causa con la instrucción tramitada  por el magistrado Ismael Moreno sobre "criminales de guerra nazis", en  la cual la Fiscalía no se ha opuesto a abrir una investigación. 
   Ante los siete magistrados que forman el tribunal, Garzón se ha  despojado de la toga y ha abandonado estrados para sentarse en el  banquillo de los acusados y declarar por el presunto delito de  prevaricación por el que está imputado. La acusación, ejercida por Manos  Limpias, pide para él la pena máxima prevista en el Código Penal para  este delito, que alcanza los 20 años de inhabilitación.
   Después de que la Sala rechazara las cuestiones previas formuladas  por el abogado defensor González Martínez-Fresneda y el fiscal del  Supremo Luis Navajas y ordenara proseguir la vista oral, el juez  imputado se ha negado a responder a las preguntas de la acción popular  por considerar que "no está legitimada" para ejercer la acusación. 
   En la anterior sesión, su abogado defensor ya apeló a la 'doctrina  Botín', por la que la apertura de juicio oral no procede si actúa la  acusación popular en solitario, para reclamar la nulidad del proceso  abierto por investigar los crímenes y las desapariciones cometidas  durante la Guerra Civil y el franquismo.
   A preguntas de la defensa, Garzón ha expuesto que el Juzgado de  Instrucción nº 2 de la Audiencia Nacional "estaba o sigue  tramitando" unos hechos ocurridos entre 1942 y 1944 en campos de  concentración presuntamente cometidos por "criminales de guerra nazis" a  petición del Ministerio Fiscal. "Incluso creo que una persona ha sido  recientemente condenada por complicidad con el genocidio", ha agregado.
   El juez de la Audiencia Nacional, suspendido cautelarmente de sus  funciones desde mayo de 2010, ha puesto de relieve la disparidad de  criterio mostrada por la Fiscalía en los dos juzgados de este órgano  judicial. 
   En cualquier caso, ha subrayado que "desde el punto de vista del  instructor era una obligación determinar la competencia o no" y que los  hechos tienen un contenido "prácticamente idéntico", refiriéndose a un  "plan sistemático de eliminación de miles de personas, de ocultamiento  de cadáveres o de ejecuciones extrajudiciales".
   Según ha dicho, el delito de desaparición forzada en el contexto  de crímenes contra la humanidad estaba recogido en leyes anteriores, en  jurisprudencia internacional e incluso en la doctrina del propio  Tribunal Supremo. "Entendí, interpreté que era admisible la  conceptuación como típicos y dentro de la obligación de todo juez de  investigar estos hechos", ha resaltado.
   Baltasar Garzón ha explicado que recibió en su juzgado la primera  denuncia en diciembre de 2006, a la que siguieron "cientos, incluso  miles" de denuncias particulares. 
   A partir de ese momento, se incoaron diligencias previas para  investigar estas demandas que tenían como punto en común el relato de  "asesinatos, ejecuciones extrajudiciales, desapariciones y toda una  serie de hechos de apariencia delictiva", y que se calificaban como  "genocidio, detenciones ilegales o crímenes contra la Humanidad".
   "En todas ellas había un componente humano muy importante", ha  indicado, para aludir al artículo 269 de la Ley de Enjuiciamiento  Criminal que impone la admisión a trámite de las denuncias y añadir que,  acto seguido, dio traslado de las mismas al Ministerio Público. "La  mecánica es la que siempre se hace en los juzgados de Instrucción", ha  señalado.
   Durante los dos años en los que se prolongó la instrucción,  también recibido caso referidos al secuestro de menores que siguen  desaparecidos a día de hoy. El primero de ellos llegó, ha dicho, en  noviembre de 2008.
   Anteriormente, el abogado de Manos Limpias Joaquín Ruiz Infante ha  dado lectura a las cuestiones sobre las que pretendía interrogar al  juez suspendido de la Audiencia Nacional. 
   Entre ellas, ha preguntado sobre la querella archivada contra  Santiago Carrillo por los fusilamientos de Paracuellos del Jarama  apelando a la Ley de Amnistía, el traslado de las denuncias sobre los  fusilamientos a la Fiscalía, el fallecimiento de los posibles  responsables o el número de desaparecidos.
   Además, ha interesado saber por qué razón Garzón se declaró  competente antes de que la Sala de lo Penal pronunciara su fallo -tres  magistrados de la Audiencia Nacional emitieron un voto particular--. 
   El ponente de la sentencia que se dicte por este caso será el  magistrado Andrés Martínez Arrieta. Completan la Sala enjuiciadora los  magistrados de la Sala Segunda Carlos Granados (que preside la vista),  Perfecto Andrés Ibáñez, Julián Sánchez Melgar, José Ramón Soriano  Soriano, José Manuel Maza Martín y Miguel Colmenero.