martes, 31 de enero de 2012

Juez Garzón: "Hice lo que tenía que hacer. Los jueces no estamos para ideologías"

MADRID.- El juez Baltasar Garzón ha asegurado hoy ante el Tribunal Supremo que su decisión de declararse competente para investigar los crímenes cometidos durante la Guerra Civil y el Franquismo no fue "una cuestión de ideología". "Hice lo que tenía que hacer. Los jueces no estamos para ideologías, cada uno tendrá la suya. Aquí no hubo ideologías", ha afirmado. 

   En su declaración ante el tribunal que le juzga por un delito de prevaricación, el magistrado ha mantenido que aceptó investigar estos hechos en aplicación de la doctrina que el Tribunal Supremo aplicó al 'caso Scilingo' y a partir del mismo criterio que le permitió dictar la detención del dictador chileno Augusto Pinochet.
   "No hice una cosa diferente a lo que he hecho en todos y cada uno de los procedimientos en los que correspondía esta decisión procesal. Hice exactamente igual, ni más ni menos", ha mantenido el juez a preguntas de su abogado, Gonzalo Martínez-Fresneda.
   Garzón ha mantenido su convicción de que los crímenes cometidos en España entre 1936 y 1951 constituyen un delito permanente de desapariciones forzadas en un contexto de crímenes contra la Humanidad y conexo al delito contra Altos Organisos de la Nación, lo que justificaba la competencia de la Audiencia Nacional.
   Así, ha ha recalcado que en ningún momento sorteó la Ley de Amnistía, como estableció la mayoría de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, porque los "efectos" de este tipo de delitos permanecen en el tiempo". 
 "Los crímenes de la naturaleza que se denunciaron no pueden tener carácter político de ningún tipo, son crímenes contra la Humanidad", ha defendido.
   "Me correspondió un asunto en reparto automático y a partir de ahí hice lo que creí que tenía que hacer acomodándome a las normas legales en vigor y a las internacionales", ha señalado antes de recordar que en las causas sobre las dictaduras argentina y chilena la Fiscalía presentó "recursos durísimos" y luego "cambió de oposición y mantuvo la acusación".
   En este contexto, ha señalado que antes de aceptar la investigación y en una fase de diligencias a prevención solicitó a varias instituciones un censo oficial de desaparecidos, aunque sólo el ministro de Justicia y exalcalde de Madrid, Alberto Ruiz-Gallardón, le facilitó los datos que había reclamado.
   "Un organismo me mandaba a otro. Ningún organismo contribuyó, sólo el alcalde de Madrid", ha señalado Garzón al explicar que tuvo que dirigirse "en cadena" a los Ministerios de Interior y Defensa, a la Conferencia Episcopal y a los Archivos Histórico Nacional, de la Guerra Civil y General de la Administración para llegar la conclusión de que "no había ningún dato de censo" sobre desaparecidos.
   Garzón, que ha añadido después que los Gobiernos de Andalucía, País Vasco y Cataluña también le suministraron los datos que necesitaba, ha explicado que precisaba de estos listados para dirimir si era competente para asumir la causa. Lo hizo el 16 de octubre de 2008 tras haber recibido de las Asociaciones de Memoria Histórica un listado global en el que referían la existencia de 114.000 casos de "desaparecidas sin vinculación con la confrontación de la Guerra Civil, durante, al margen y después de la misma".
   Tras ello, solicitó a la Policía Judicial que desarrollara "una investigación" para poder acreditar que los principales responsables del Alzamiento Nacional y de Falange, a los que se atribuían las desapariciones, estaban muertos. Según ha explicado, esa constatación hizo "decaer la competencia por el delito contra Altos Organismos de la Nación", por lo que el 16 de diciembre de 2008 acordó ceder la competencia a los juzgados territoriales".
   En este punto, ha recordado que unos juzgados "dejaron en suspenso la tramitación, otros la aceptaron y al menos dos, los de Granada y San Lorenzo de El Escorial, plantearon cuestión de competencia" que elevó al Tribunal Supremo".
   Garzón, que también ha defendido durante su intervención el derecho a la "verdad, la justicia y la reparación" de todas las víctimas, ha rechazado que esta causa sea similar a las querellas que le presentaron en su juzgado por los asesinatos que tuvieron lugar en Paracuellos del Jarama (Madrid) durante la Guerra Civil.
   Según ha explicado, no estimó la competencia porque "no había nada en ese caso que adujera o se refiriera a delitos contra Altos Organismos de la Nación". En todo caso, la investigación correspondía, según ha defendido, "al juzgado donde se habían producido los hechos".
"Se puede compartir o no, pero está perfectamente razonado y explicado", ha recalcado.

Igual que los crímenes nazis

Baltasar Garzón ha defendido su "obligación" de investigar las denuncias sobre los crímenes del franquismo que recibió en su juzgado y que obedecían a "un plan sistemático y preconcebido de eliminación y desaparición de miles y miles de personas". Ha comparado esta causa con la instrucción tramitada por el magistrado Ismael Moreno sobre "criminales de guerra nazis", en la cual la Fiscalía no se ha opuesto a abrir una investigación.
   Ante los siete magistrados que forman el tribunal, Garzón se ha despojado de la toga y ha abandonado estrados para sentarse en el banquillo de los acusados y declarar por el presunto delito de prevaricación por el que está imputado. La acusación, ejercida por Manos Limpias, pide para él la pena máxima prevista en el Código Penal para este delito, que alcanza los 20 años de inhabilitación.
   Después de que la Sala rechazara las cuestiones previas formuladas por el abogado defensor González Martínez-Fresneda y el fiscal del Supremo Luis Navajas y ordenara proseguir la vista oral, el juez imputado se ha negado a responder a las preguntas de la acción popular por considerar que "no está legitimada" para ejercer la acusación.
   En la anterior sesión, su abogado defensor ya apeló a la 'doctrina Botín', por la que la apertura de juicio oral no procede si actúa la acusación popular en solitario, para reclamar la nulidad del proceso abierto por investigar los crímenes y las desapariciones cometidas durante la Guerra Civil y el franquismo.
   A preguntas de la defensa, Garzón ha expuesto que el Juzgado de Instrucción nº 2 de la Audiencia Nacional "estaba o sigue tramitando" unos hechos ocurridos entre 1942 y 1944 en campos de concentración presuntamente cometidos por "criminales de guerra nazis" a petición del Ministerio Fiscal. "Incluso creo que una persona ha sido recientemente condenada por complicidad con el genocidio", ha agregado.
   El juez de la Audiencia Nacional, suspendido cautelarmente de sus funciones desde mayo de 2010, ha puesto de relieve la disparidad de criterio mostrada por la Fiscalía en los dos juzgados de este órgano judicial.
   En cualquier caso, ha subrayado que "desde el punto de vista del instructor era una obligación determinar la competencia o no" y que los hechos tienen un contenido "prácticamente idéntico", refiriéndose a un "plan sistemático de eliminación de miles de personas, de ocultamiento de cadáveres o de ejecuciones extrajudiciales".
   Según ha dicho, el delito de desaparición forzada en el contexto de crímenes contra la humanidad estaba recogido en leyes anteriores, en jurisprudencia internacional e incluso en la doctrina del propio Tribunal Supremo. "Entendí, interpreté que era admisible la conceptuación como típicos y dentro de la obligación de todo juez de investigar estos hechos", ha resaltado.
   Baltasar Garzón ha explicado que recibió en su juzgado la primera denuncia en diciembre de 2006, a la que siguieron "cientos, incluso miles" de denuncias particulares.
   A partir de ese momento, se incoaron diligencias previas para investigar estas demandas que tenían como punto en común el relato de "asesinatos, ejecuciones extrajudiciales, desapariciones y toda una serie de hechos de apariencia delictiva", y que se calificaban como "genocidio, detenciones ilegales o crímenes contra la Humanidad".
   "En todas ellas había un componente humano muy importante", ha indicado, para aludir al artículo 269 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que impone la admisión a trámite de las denuncias y añadir que, acto seguido, dio traslado de las mismas al Ministerio Público. "La mecánica es la que siempre se hace en los juzgados de Instrucción", ha señalado.
   Durante los dos años en los que se prolongó la instrucción, también recibido caso referidos al secuestro de menores que siguen desaparecidos a día de hoy. El primero de ellos llegó, ha dicho, en noviembre de 2008.
   Anteriormente, el abogado de Manos Limpias Joaquín Ruiz Infante ha dado lectura a las cuestiones sobre las que pretendía interrogar al juez suspendido de la Audiencia Nacional.
   Entre ellas, ha preguntado sobre la querella archivada contra Santiago Carrillo por los fusilamientos de Paracuellos del Jarama apelando a la Ley de Amnistía, el traslado de las denuncias sobre los fusilamientos a la Fiscalía, el fallecimiento de los posibles responsables o el número de desaparecidos.
   Además, ha interesado saber por qué razón Garzón se declaró competente antes de que la Sala de lo Penal pronunciara su fallo -tres magistrados de la Audiencia Nacional emitieron un voto particular--. 
   El ponente de la sentencia que se dicte por este caso será el magistrado Andrés Martínez Arrieta. Completan la Sala enjuiciadora los magistrados de la Sala Segunda Carlos Granados (que preside la vista), Perfecto Andrés Ibáñez, Julián Sánchez Melgar, José Ramón Soriano Soriano, José Manuel Maza Martín y Miguel Colmenero.

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