MADRID.- La Defensora del Pueblo se ha preocupado, en
su informe anual que ha presentado recientemente, por las "dilaciones
indebidas" en la Justicia, que especialmente se dan en Madrid y que
suponen "un empobrecimiento democrático incuestionable".
"Nuestros poderes públicos, a pesar de sus innegables esfuerzos,
se han mostrado, hasta el momento, claramente incapaces de ofrecer una
solución definitiva y sostenida en el tiempo", ha señalado Soledad
Becerril.
Especialmente llamativo es el caso de las dilaciones
jurisdicciones social y mercantil, que han experimentado "un
considerable incremento de volumen de trabajo" como consecuencia de la
crisis económica por la que atraviesa España, "que ha dado lugar a un
aumento tanto de los conflictos laborales como de los concursos de
acreedores de entidades que no pueden hacer frente a sus obligaciones
económicas".
Respecto a los retrasos que se producen en la jurisdicción social,
la Institución destaca el caso de un ciudadano, cuyo despido se
materializó en el mes de noviembre de 2010, y, en un relato de su
precaria situación económica, exponía su preocupación por las dilaciones
judiciales en la resolución del recurso de casación que tenía planteado
en la Sala Cuarta de lo Social del Tribunal Supremo. Como consecuencia
de la intervención de esta Institución, el 5 de junio le fue notificada
la sentencia.
Los casos de insolvencia empresarial tampoco no han dejado de
crecer en el año 2012 y, en consecuencia, los Juzgados de lo Mercantil
han experimentado un preocupante incremento de carga de trabajo. Sus
efectos se han traducido en un significativo aumento de quejas sobre
dilaciones indebidas en los órganos de esta jurisdicción, según indica
el informe.
Potenciar la solución extrajudicial de los conflictos mercantiles o
la implantación de la mediación intrajudicial, promovida por el propio
órgano judicial con la colaboración de las Cámaras de Comercio, podrían
ayudar, según la Defensora del Pueblo, dar una resolución a los
conflictos de forma práctica, rápida, económica y satisfactoria para las
partes y, aligerar, de esta manera, la situación de pendencia que sufre
la jurisdicción de lo mercantil.
En otras jurisdicciones la institución dirigida por Soledad
Becerril también ha encontrado graves dilaciones indebidas. Uno de los
casos destacados es el de una ciudadana que exponía su preocupación por
los retrasos en la tramitación de unas diligencias previas, seguidas
contra ella e iniciadas en el año 2007, que investigaba el Juzgado de
Instrucción nº 32 de Madrid.
Admitida la queja a trámite ante la Fiscalía General del Estado,
su informe concluyó que la imputada "tiene toda la razón al denunciar
una total paralización de esta instrucción en lo esencial desde
comienzos del año 2010, con abandono por el instructor de sus funciones
de impulso de aquella". La actuación de Becerril ha sido dar traslado de
este caso a Inspección del Consejo General del Poder Judicial para que
depuren las responsabilidades que correspondan
La Defensora del Pueblo también ha mostrado su asombro por que una
Administración demandada "pueda tardar años" en el trámite de remisión
del expediente administrativo al órgano judicial competente para que
este pueda empezar a valorar el caso planteado; "y en otros supuestos,
incluso, la propia Administración retarda conscientemente la ejecución
de resoluciones judiciales adversas a sus intereses".
Además ha constatado que de forma frecuente la Administración "se
extralimita en el uso de su privilegio de la ejecutividad de sus
resoluciones, con la excepción de que el tribunal ordene la suspensión
(que suelen ser casos poco frecuentes), confiando en que el órgano
judicial competente tardará años en pronunciarse, una pauta de actuación
que no se corresponde con los principios elementales de nuestro Estado
social y democrático de Derecho".
Esta Institución señala también en su informe que ha constatado en
numerosos expedientes que se están fijando vistas para el año 2014 y
sucesivos. Incluso, en uno de los casos, el procedimiento abreviado
estaba pendiente de señalamiento desde el día 20 de octubre de 2010.
Tras la publicación en la prensa de que el Juzgado de lo
Contencioso Administrativo número 5 de Madrid había fijado la vista del
juicio para el día 12 de enero de 2017. Esta circunstancia motivó una
visita de inspección por parte de dos técnicos del Defensor, que
comprobó "el enorme retraso, no solo del citado órgano judicial, sino la
de todos los juzgados del orden contencioso-administrativo que se
encuentran en esa sede". El titular de dicho Juzgado explicó sus
difíciles condiciones de trabajo cotidianas y los retrasos de su
juzgado.
Otro de los casos que destaca es el planteado por un ciudadano
que, el día 19 de julio de 2010, interpuso recurso
contencioso-administrativo, formalizando la correspondiente demanda que,
por reparto, correspondió a la Sección Sexta de la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
En fecha 1 de septiembre de 2012, una diligencia de ordenación le
confirió 20 días para formalizar la demanda, trámite que ya había
realizado dos años antes.
"En definitiva, el abrumador trabajo que pesa sobre los órganos de
nuestro sistema judicial y sus deficiencias estructurales, si bien
pueden eximir de responsabilidad a las personas que los integran, no
convierten una dilación indebida en lícita, dado que ello supondría
restringir el contenido del derecho fundamental, constitucionalizado en
el artículo 24.2 de nuestra norma fundamental", ha concluido Soledad
Becerril.