sábado, 9 de marzo de 2013

La Defensora del Pueblo constata aumento de retrasos judiciales, sobre todo en casos sociales y mercantiles

MADRID.- La Defensora del Pueblo se ha preocupado, en su informe anual que ha presentado recientemente, por las "dilaciones indebidas" en la Justicia, que especialmente se dan en Madrid y que suponen "un empobrecimiento democrático incuestionable".

   "Nuestros poderes públicos, a pesar de sus innegables esfuerzos, se han mostrado, hasta el momento, claramente incapaces de ofrecer una solución definitiva y sostenida en el tiempo", ha señalado Soledad Becerril.
   Especialmente llamativo es el caso de las dilaciones jurisdicciones social y mercantil, que han experimentado "un considerable incremento de volumen de trabajo" como consecuencia de la crisis económica por la que atraviesa España, "que ha dado lugar a un aumento tanto de los conflictos laborales como de los concursos de acreedores de entidades que no pueden hacer frente a sus obligaciones económicas".
   Respecto a los retrasos que se producen en la jurisdicción social, la Institución destaca el caso de un ciudadano, cuyo despido se materializó en el mes de noviembre de 2010, y, en un relato de su precaria situación económica, exponía su preocupación por las dilaciones judiciales en la resolución del recurso de casación que tenía planteado en la Sala Cuarta de lo Social del Tribunal Supremo. Como consecuencia de la intervención de esta Institución, el 5 de junio le fue notificada la sentencia.
   Los casos de insolvencia empresarial tampoco no han dejado de crecer en el año 2012 y, en consecuencia, los Juzgados de lo Mercantil han experimentado un preocupante incremento de carga de trabajo. Sus efectos se han traducido en un significativo aumento de quejas sobre dilaciones indebidas en los órganos de esta jurisdicción, según indica el informe.
   Potenciar la solución extrajudicial de los conflictos mercantiles o la implantación de la mediación intrajudicial, promovida por el propio órgano judicial con la colaboración de las Cámaras de Comercio, podrían ayudar, según la Defensora del Pueblo, dar una resolución a los conflictos de forma práctica, rápida, económica y satisfactoria para las partes y, aligerar, de esta manera, la situación de pendencia que sufre la jurisdicción de lo mercantil.
   En otras jurisdicciones la institución dirigida por Soledad Becerril también ha encontrado graves dilaciones indebidas. Uno de los casos destacados es el de una ciudadana que exponía su preocupación por los retrasos en la tramitación de unas diligencias previas, seguidas contra ella e iniciadas en el año 2007, que investigaba el Juzgado de Instrucción nº 32 de Madrid.
   Admitida la queja a trámite ante la Fiscalía General del Estado, su informe concluyó que la imputada "tiene toda la razón al denunciar una total paralización de esta instrucción en lo esencial desde comienzos del año 2010, con abandono por el instructor de sus funciones de impulso de aquella". La actuación de Becerril ha sido dar traslado de este caso a Inspección del Consejo General del Poder Judicial para que depuren las responsabilidades que correspondan
   La Defensora del Pueblo también ha mostrado su asombro por que una Administración demandada "pueda tardar años" en el trámite de remisión del expediente administrativo al órgano judicial competente para que este pueda empezar a valorar el caso planteado; "y en otros supuestos, incluso, la propia Administración retarda conscientemente la ejecución de resoluciones judiciales adversas a sus intereses".
   Además ha constatado que de forma frecuente la Administración "se extralimita en el uso de su privilegio de la ejecutividad de sus resoluciones, con la excepción de que el tribunal ordene la suspensión (que suelen ser casos poco frecuentes), confiando en que el órgano judicial competente tardará años en pronunciarse, una pauta de actuación que no se corresponde con los principios elementales de nuestro Estado social y democrático de Derecho".
   Esta Institución señala también en su informe que ha constatado en numerosos expedientes que se están fijando vistas para el año 2014 y sucesivos. Incluso, en uno de los casos, el procedimiento abreviado estaba pendiente de señalamiento desde el día 20 de octubre de 2010.
   Tras la publicación en la prensa de que el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 5 de Madrid había fijado la vista del juicio para el día 12 de enero de 2017. Esta circunstancia motivó una visita de inspección por parte de dos técnicos del Defensor, que comprobó "el enorme retraso, no solo del citado órgano judicial, sino la de todos los juzgados del orden contencioso-administrativo que se encuentran en esa sede". El titular de dicho Juzgado explicó sus difíciles condiciones de trabajo cotidianas y los retrasos de su juzgado.
   Otro de los casos que destaca es el planteado por un ciudadano que, el día 19 de julio de 2010, interpuso recurso contencioso-administrativo, formalizando la correspondiente demanda que, por reparto, correspondió a la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. En fecha 1 de septiembre de 2012, una diligencia de ordenación le confirió 20 días para formalizar la demanda, trámite que ya había realizado dos años antes.
   "En definitiva, el abrumador trabajo que pesa sobre los órganos de nuestro sistema judicial y sus deficiencias estructurales, si bien pueden eximir de responsabilidad a las personas que los integran, no convierten una dilación indebida en lícita, dado que ello supondría restringir el contenido del derecho fundamental, constitucionalizado en el artículo 24.2 de nuestra norma fundamental", ha concluido Soledad Becerril.

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