miércoles, 23 de noviembre de 2011

El TSJM ordena que los centros de salud sean dirigidos por médicos

MADRID.- El TSJM ha anulado el decreto que organiza el Área Única Sanitaria al entender que los centros de salud deben estar dirigidos por médicos y no por cualquier profesional sanitario. La Consejería ha pedido que aclare si queda anulado todo el decreto.

En una sentencia, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJM estima parcialmente el recurso interpuesto por la Sociedad Madrileña de Medicina de Familia y Comunitaria (Somanfyc) y de la Asociación Madrileña de Pediatría y Atención Primaria (AMPAP) contra el citado decreto. Ante este fallo cabe recurso de casación.

Las demandas se dirigían contra el artículo 9 del decreto, en el que se establece que el director del centro de salud se seleccionará mediante convocatoria pública entre profesionales sanitarios. Según este precepto, se daba vía libre a que cualquier profesional sanitario, independientemente de su condición, fuera médico o no, pudiera optar a este puesto.

A juicio de los demandantes "carece de razones lógicas y vulnera lo dispuesto en los artículos 6,9 y 10 de la ley 44/2003" en cuanto que "no respeta ni tiene en cuenta criterios de competencia, capacidad, conocimiento o titulación, ni el principio de actuación jerarquizada y colegiada que ha de regir las relaciones interprofesionales y de trabajo en equipo de los diferentes profesionales sanitarios". El TSJM ha considerado que deben ser licenciados en Medicina quienes ostenten estos cargos.

Posible recurso
La Consejería de Sanidad está valorando si recurrir el fallo del TSJM que anula el Decreto que desarrolla el Área Única de Salud, y ha pedido al tribunal una aclaración para saber si se anula el decreto completo o solo el artículo 9, que aborda la condición de los directores de centro de salud.

Por su parte, Juan Luis Martín, secretario de Política Sectorial de UGT Madrid aclaró a este digital que aunque el TSJM solo ha entrado a valorar el artículo sobre los directores de centros de salud ha anulado todo el decreto

En la sentencia el tribunal dice textualmente: "Declaramos que el decreto no se ajusta a derecho y en consecuencia lo anulamos". Ahora la Comunidad podría aprobar otro decreto para sustituir al que ha quedado anulado manteniendo el resto de artículos y, por lo tanto, el Área Única Sanitaria, según explica Martín.

"La razón de fondo es que el TSJM ha considerado que la Consejería definía una estructura sanitaria en la que los cargos quedaban politizados y ha fijado que sean médicos quienes los asuman", argumentó el secretario de Política Sectorial de UGT.

Martín asegura que el TSJM no entra a valorar la constitucionalidad del Área Única Sanitaria, pues según la sentencia debería haber sido el Tribunal Constitucional quien lo estudiara. Para ello, los sindicatos pidieron al Ministerio de Sanidad, cuando estaba dirigido por Trinidad Jiménez, que presentara un recurso, pues los sindicatos no son competentes para ello, algo que finalmente se descartó.

Contenido de la sentencia
En una primera deliberación una parte el tribunal acogió las tesis de los recurrentes al entender que el director debía tener, como mínimo, "la condición de licenciado en Medicina y Cirugía". En el otro lado se encontraban aquellos que veían al director como "un mero gestor administrativo".

En la segunda deliberación prevaleció por amplía mayoría la versión del ponente, que respaldaba que los directores debían ser "médicos facultativos pues resulta ilógico que la actividad desempeñada por un médico facultativo pueda llegar a ser evaluada por un profesional sanitario que no ostente dicha condición, al no reunir la capacidad y los conocimientos necesarios para poder valorar y evaluar el desempeño profesional del médico".

"Si se acepta que las funciones de dirección, organización, evaluación del desempeño e incentivación de los médicos de cada centro de salud sean desempeñadas por el director de centro siguiendo criterios de capacidad competencia, titulación y conocimiento, dichas funciones no pueden ser realizadas por cualquier tipo de profesional sanitario sino por aquellos que ostenten la condición de licenciado en Medicina y Cirugía", dice la sentencia.

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