MADRID.- Esta semana se abre la veda de caza mayor y
menor en los más de 700 cotos de caza abiertos este año en toda la
región madrileña, según la Orden aprobada por la Consejería de Medio
Ambiente y Ordenación del Territorio.
Así, los más de 35.000 cazadores con licencia que operan en la
comunidad madrileña podrán disfrutar de la caza mayor (ciervos, gamos,
muflones y jabalíes) desde el 8 de octubre de este año hasta el 21 de
febrero de 2013. El periodo para cazar cabras montesas será del 1 de
noviembre al 31 de enero.
Por su parte, se podrá cazar conejos, perdices, liebres, palomas,
codornices, faisanes, cornejas, estorninos pintos, grajilla, tórtulas,
urracas y zorzoles del 8 de octubre al 31 de enero. No podrá superarse
el cupo de 10 ejemplares de tórtula común y 10 de codorniz por cazador y
día. No existe limitación para el resto de las especies.
Los días establecidos para la caza son los jueves, los fines de
semana y festivos nacionales y autonómico, por lo que mañana día 11 será
el primer día hábil para cazar en la Comunidad.
La caza de cualquier otra especie no contemplada en la Orden
requerirá la autorización previa de la Consejería. Queda prohibido
ejercer la actividad cinegética en aquellos cotos cuyos titulares no
hayan presentado el obligado Plan de Aprovechamiento Cinegético
debidamente cumplimentado.
Podrá practicarse caza mayor en los cotos privados de caza
declarados como caza mayor. Los permisos de caza, que concede el
Ejecutivo autonómico se refieren exclusivamente a la caza mayor, ya que
para la menor no es necesario solicitar ningún tipo de permiso, salvo
que se trate de batidas extraordinarias, como en el caso del control de
conejos en verano o de predadores en primavera, como las urracas y los
zorros.
En cuanto a la caza mayor, de la que existen más de un centenar de
cotos específicos, se establecen monterías, baterías, ganchos de caza
mayor y recechos. Sus precios rondan, de media, los 3.000 euros. Uno de
los animales más atractivos para este tipo de actividad cinegética es el
corzo.
La mayoría de los cotos se encuentra en propiedades privadas y el
resto en terrenos públicos convertido en zonas de caza regulada
perfectamente delimitados y anunciados, y a las que se sólo pueden
acceder personas autorizadas.
Las licencias de caza y pesca, expedidas por la Dirección General
del Medio Natural de la Comunidad de Madrid, constituyen documentos
personales e intransferibles cuya tenencia es necesaria para el
ejercicio de la actividad cinegética y piscícola.
Se establece así, por tanto, un único tipo de licencia para el
ejercicio de la caza o de la pesca en el ámbito del territorio
madrileños, concretándose en esta última la especialidad de con armas o
sin ellas. La licencia sólo habilitará a su poseedor para cazar
cualquier especie que esté fijada para ellos.
Los periodos de caza y los calendarios de veda los establece cada año el Gobierno
regional. Aunque suelen durar desde mediados de octubre hasta febrero,
cabe la posibilidad de que se conceda un permiso puntual para el control
de poblaciones.
En los terrenos sometidos a régimen cinegético especial se precisa
estar en posesión de autorización expresa del titular del acotado para
el ejercicio de la caza. Las licencias de caza o pesca podrán
solicitarse por un período de uno a cinco años computable a partir de la
fecha de expedición. En el caso de menores de 16 años, el período
máximo de vigencia será el restante hasta dicha edad y nunca superior a
los cinco años y en la de mayores de 65 será indefinida.
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