miércoles, 10 de octubre de 2012

Comienza la veda de caza mayor y menor en los más de 700 cotos de la región

MADRID.- Esta semana se abre la veda de caza mayor y menor en los más de 700 cotos de caza abiertos este año en toda la región madrileña, según la Orden aprobada por la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

   Así, los más de 35.000 cazadores con licencia que operan en la comunidad madrileña podrán disfrutar de la caza mayor (ciervos, gamos, muflones y jabalíes) desde el 8 de octubre de este año hasta el 21 de febrero de 2013. El periodo para cazar cabras montesas será del 1 de noviembre al 31 de enero.
   Por su parte, se podrá cazar conejos, perdices, liebres, palomas, codornices, faisanes, cornejas, estorninos pintos, grajilla, tórtulas, urracas y zorzoles del 8 de octubre al 31 de enero. No podrá superarse el cupo de 10 ejemplares de tórtula común y 10 de codorniz por cazador y día. No existe limitación para el resto de las especies.
   Los días establecidos para la caza son los jueves, los fines de semana y festivos nacionales y autonómico, por lo que mañana día 11 será el primer día hábil para cazar en la Comunidad.
   La caza de cualquier otra especie no contemplada en la Orden requerirá la autorización previa de la Consejería. Queda prohibido ejercer la actividad cinegética en aquellos cotos cuyos titulares no hayan presentado el obligado Plan de Aprovechamiento Cinegético debidamente cumplimentado.
   Podrá practicarse caza mayor en los cotos privados de caza declarados como caza mayor. Los permisos de caza, que concede el Ejecutivo autonómico se refieren exclusivamente a la caza mayor, ya que para la menor no es necesario solicitar ningún tipo de permiso, salvo que se trate de batidas extraordinarias, como en el caso del control de conejos en verano o de predadores en primavera, como las urracas y los zorros.
   En cuanto a la caza mayor, de la que existen más de un centenar de cotos específicos, se establecen monterías, baterías, ganchos de caza mayor y recechos. Sus precios rondan, de media, los 3.000 euros. Uno de los animales más atractivos para este tipo de actividad cinegética es el corzo.
   La mayoría de los cotos se encuentra en propiedades privadas y el resto en terrenos públicos convertido en zonas de caza regulada perfectamente delimitados y anunciados, y a las que se sólo pueden acceder personas autorizadas.
   Las licencias de caza y pesca, expedidas por la Dirección General del Medio Natural de la Comunidad de Madrid, constituyen documentos personales e intransferibles cuya tenencia es necesaria para el ejercicio de la actividad cinegética y piscícola.
   Se establece así, por tanto, un único tipo de licencia para el ejercicio de la caza o de la pesca en el ámbito del territorio madrileños, concretándose en esta última la especialidad de con armas o sin ellas. La licencia sólo habilitará a su poseedor para cazar cualquier especie que esté fijada para ellos.
   Los periodos de caza y los calendarios de veda los establece cada año el Gobierno regional. Aunque suelen durar desde mediados de octubre hasta febrero, cabe la posibilidad de que se conceda un permiso puntual para el control de poblaciones.
   En los terrenos sometidos a régimen cinegético especial se precisa estar en posesión de autorización expresa del titular del acotado para el ejercicio de la caza. Las licencias de caza o pesca podrán solicitarse por un período de uno a cinco años computable a partir de la fecha de expedición. En el caso de menores de 16 años, el período máximo de vigencia será el restante hasta dicha edad y nunca superior a los cinco años y en la de mayores de 65 será indefinida.

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