MADRID.- El juzgado Contencioso Administrativo número
20 de Madrid ha desestimado el recurso presentado por Tranvía de Parla
S.A. por la que pretendía que el Consorcio Regional de Transportes de
la Comunidad de Madrid asumiera parte de su financiación y deuda al
considerar que este organismo ni es titular de las obras, ni se le puede
exigir responsabilidad solidaria compartida con el Ayuntamiento de
Parla.
En la sentencia, el juez
entiende que del pliego de cláusulas administrativas particulares, se
desprende cuáles son las competencias de cada administración y que en
"ningún caso el Consorcio Regional de Transportes financiará las
inversiones de las obras, de las instalaciones o de la primera
adquisición de material móvil".
Por tanto, "no cabría reconocer la obligación de pago por el
Consorcio de cantidades en concepto de aportaciones inicial y adicional,
canon inicial (la subvención de capital para financiar inversiones),
los gastos de demora en el pago de facturas o los intereses legales de
demora y billetes entregados", todo ello, "sin perjuicio de que sea vía
reequilibrio o no, pues lo básico es su naturaleza de inversión".
La sentencia recuerda que el convenio suscrito en 2004 entre el
Ayuntamiento de Parla y el Consorcio para regular las condiciones de
financiación de este servicio especifica la cantidad que este organismo
debe aportar, que se limita a un porcentaje de los ingresos por tarifas y
otros conceptos comerciales y recuerda que se halla al corriente de
todas sus obligaciones.
Así, señala que este convenio sobre las condiciones de
financiación de los gastos de explotación del Tranvía de Parla
"expresamente refleja" que la financiación de los desequilibrios
derivados de los gastos de explotación y los ingresos por tarifas, se ha
de repartir en cada ejercicio las aportaciones al 50 por ciento entre
Ayuntamiento y Consorcio.
Por lo que entiende que sí habría una "responsabilidad del
Consorcio" referida "exclusivamente" a tal equilibrio de gastos de
explotación, pero añade que no es en "virtud de este convenio y título"
en lo que se soporta la demanda.
Además, la sentencia recalca que existe "cierta incompatibilidad
jurídica" al tratar de justificar como deuda del Consorcio la que ya ha
sido asumida como propia de ese Ayuntamiento que, tras años sin abonar
lo que le correspondía, ha podido hacer frente a parte de su deuda.
Asimismo, insiste en que considerar al Consorcio como responsable
de financiar las inversiones "supondría una vulneración de la ley del
contrato" y recuerda que el acuerdo alcanzado especifica que "en ningún
caso el Consorcio Regional de Transportes financiará las inversiones de
las obras, de las instalaciones o de la primera adquisición del material
móvil", añadiendo la sentencia que "de la claridad de tales términos no
se puede dudar".
En cuanto a la existencia de responsabilidad solidaria entre el
Consorcio y el Ayuntamiento que plantea la parte recurrente, entiende
que aunque en este supuesto, las administraciones han formalizado
"instrumentos de colaboración para desarrollar sus competencias", esto
no implica que el uso de estos instrumentos "conlleve necesariamente la
consecuencia de una obligación solidaria respecto a todas las
obligaciones asumidas por cada administración".
Contra esta sentencia, que desestima el recurso contencioso
administrativo que interpuso Tranvía de Parla S.A. contra la resolución
del director gerente del Consorcio que en 2010 ya desestimaba un recurso
de reposición interpuesto contra otra resolución, cabe presentar un
recurso de apelación.
El Tranvía de Parla, que supuso una inversión para la empresa
concesionaria de 130 millones de euros, comunica el casco urbano de la
localidad con los nuevos desarrollos urbanísticos de Parla Este, un
consorcio urbanístico compuesto por la Comunidad de Madrid (55 por
ciento) y el Ayuntamiento de Parla (45 por ciento) donde se levantan
12.000 viviendas, de las que el 83 por ciento son protegidas.
Procedentes de los beneficios derivados de los desarrollos de
suelo para la construcción de la línea de tranvía, el Ayuntamiento de
Parla, dirigido entonces por el actual secretario del PSM, Tomás Gómez,
se comprometió a abonar los 88 millones de euros restantes hasta 2037,
así como una compensación por explotación en concepto de
tranvía/kilómetro durante los cinco primeros años.
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