miércoles, 23 de marzo de 2011

El TSJM deja sin efecto la decisión de levantar la imputación a dos abogados en el 'caso Gürtel'

MADRID.- La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha revocado la decisión del magistrado instructor del 'caso Gürtel', Antonio Pedreira, de levantar la imputación de los abogados Manuel Delgado Solís, que defendió a Francisco Correa y a Antoine Sánchez, y José Antonio López Rubal, que representó a Pablo Crespo y a Álvaro Pérez Alonso, alias 'El Bigotes'.

   En un auto, los magistrados Francisco Javier Vieira, Emilio Fernández de Castro y José Manuel Suárez Robledano estiman el recurso presentado por la Fiscalía Anticorrupción contra el auto dictado el 28 de diciembre de 2010 que acordaba retirar la imputación a los citados abogados.
   En la resolución, la Sala de lo Civil y Penal determina que Manuel Delgado y José Antonio López Rubal no se "limitaron a meras tareas de asesoramiento y defensa de otras personas, sino que pudieron tener como finalidad ocultar o encubrir el origen ilícito de bienes en propiedad de otros imputados, o ayudar a estos a esos ocultamientos de sus propiedades, lo que integraría el tipo penal previsto en el artículo 301 del Código Penal".
   Así, los magistrados recalcan que el hecho de ayudar a Francisco Correa a acreditar "su residencia en Panamá y en Argentina para lograr ocultar o encubrir sus ganancias constituiría de acreditarse una cooperación importante para el blanqueo de capitales".
   En la misma línea, según la Sala, habría servido ayudar a Correa a desvincularse de determinadas sociedades que estaban siendo objeto de investigación en el procedimiento seguido en la Audiencia Nacional, "contribuyendo a hacer efectivo el cambio de administrador en algunas sociedades mercantiles, lo que habría permitido mantener por aquél el control de los bienes procedentes de actividades ilícitas y, al mismo tiempo, dificultar su incautación".
   La Sala reseña que los abogados participaron a partir del segundo semestre de 2008 a las estrategias dirigidas a ocultar los bienes de Correa, ayudándole así a eludir las consecuencias legales de sus actos supuestamente delictivos.
   Por ejemplo, cita que utilizaron al primo de Correa, Antonio Sánchez, como testaferro haciéndole pasar por el real titular de los bienes y sociedades o trataron de desvincular las sociedades de Correa del despacho Blanco Guillamot, que había sido objeto de un registro en julio de 2008.
   Por esta razón, concluye que "la apariencia delictiva de esos hechos imputados" debe continuarse también respecto a ellos "la instrucción de la causa abierta, sin perjuicio de que el magistrado valore, en el momento procesal oportuno, la existencia o no de indicios suficientes acreditados de la comisión de los hechos delictivos imputados".
   En su auto, Pedreira recalcaba que "de una lectura reflexiva y resposada de la investigación no se deduce, en este momento, que estos dos profesionales incurriesen en comportamientos delictivos, sin perjuicio de reconocer que sí existen indicios en los demás imputados".
   La resolución del magistrado instructor resolvía la pretensión de archivo de los imputados, una solicitud a la que se opuso la Fiscalía Anticorrupción en un escrito remitido el pasado 21 de diciembre al magistrado.
   De este modo, el juez Pedreira concluyó que "los supuestos indicios delictivos resultan insuficientes para enervar su presunción de inocencia, a diferencia de otros imputados". No obstante, aclaró que reconocer que no incurrieron en responsabilidad penal, "no implica admitir que nunca hubo elementos indiciarios" contra ellos.
   Respecto a Delgado Solís, el juez instructor subrayó que de los supuestos hechos que se les imputa y de los hipotéticos indicios existentes "hasta el momento" no resulta acreditado que tenga "la condición de coordinador de todas las estrategias defensivas".
   Asimismo, señaló que el hecho de que el ex abogado de Correa viajase al extranjero no supone por sí sola que exista "una conducta reprochable desde la perspectiva del Derecho penal".
   El juez concluyó que "no se aprecia, después de la investigación practicada, que los abogados hayan intervenido en una confabulación, ni hayan incurrido en una conducta reprochable penalmente".
   "No estamos refiriendo a dos profesionales de la abogacía en el ejercicio de la misma, que han realizado correctamente su función y ejercicio 'civiliter' la misma", señaló.
   El sumario del 'caso Gürtel', desvela entre otras cuestiones que el 24 de febrero de 2009 López Rubal mantuvo una conversación con Crespo, en la que éste ordenó al abogado la "ejecución" de los fondos que la red habría ocultado en Suiza, según apunta los informes policiales.
   Otro de los aspectos que contiene el sumario es que presuntamente estos letrados trataron de "controlar las comisiones rogatorias mediante la búsqueda de despachos que planteen pleitos para impedir la ejecución de las mismas".

No hay comentarios:

Publicar un comentario