lunes, 17 de diciembre de 2012

El Ayuntamiento de Madrid mantiene la reducción del 12% en la tasa de basuras

MADRID.-  La Junta de Gobierno municipal se ha reunido este lunes con carácter extraordinario para aprobar las ordenanzas fiscales de 2013, que ha tenido como principal novedad la retirada de la disposición que regulaba la tasa de basuras, si bien el Consistorio mantiene el compromiso de reducirla un 12 por ciento para el siguiente ejercicio.

   En este sentido, el Ayuntamiento de Madrid explica en un comunicado que, tras declararse desierto el concurso para la adjudicación del nuevo contrato integral de residuos, se ha tenido que retirar la ordenanza que regula este servicio cuyo estudio económico estaba basado en las condiciones del nuevo contrato. Además, añade que se aprobará próximamente una nueva Ordenanza.
   Por otro lado, el Gobierno municipal incrementará en cien euros la ayuda del pago del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) para determinadas familias y apoyará a los emprendedores con bonificaciones en el Impuesto de Actividades Económicas.
   También incorporará un descenso del 30 por ciento en la reducción de la tasa de paso de vehículos y la actualización de los tributos municipales con un incremento del 2 por ciento, tras tres años consecutivos de congelación de los tipos y las tarifas son las principales modificaciones de las Ordenanzas Fiscales para 2013.
   En lo referente a la tasa de paso de vehículos, se tendrá en cuenta el valor de repercusión del metro cuadrado de suelo en la que se encuentre el vado (hay 659 zonas de valor elaboradas por el Ministerio de Hacienda) mientras que en el sistema anterior únicamente se categorizaban en nueve los valores a efectos de la tasa por ser nueve las categorías fiscales existentes.
   También en este punto se tendrá en consideración la intensidad de uso del paso, determinado por la superficie, mediante la aplicación de una tarifa por tramos de superficie.
   La tasa supone una reducción de la recaudación del 30 por aunque habrá pasos que experimenten un incremento de la tasa (hasta un 20 por ciento), dependiendo de si su valoración derivada de la nueva Ponencia es superior a la que resultaba de la aplicable mediante categorías fiscales de calles. La tasa se reducirá para el 77 por ciento de los contribuyentes.
   En el caso de la ayuda de cien euros para el IBI, podrán acceder a la ayuda las familias que en el año anterior hayan tenido derecho a aplicar la reducción del cien por cien de la Tasa de Basuras y personas cuya vivienda habitual tuviera un valor catastral inferior a 17.001 euros.
   La nueva Ponencia de Valores de la Ciudad de Madrid desplegará gradualmente sus efectos sobre el IBI durante los próximos diez años, como han recordado desde el Consistorio. Tras el incremento en un 4 por ciento del tipo previsto en el Real Decreto de 2011 para "reforzar la sostenibilidad presupuestaria de las entidades locales", en 2013 la cuota del IBI de una vivienda media se incrementará un 6,9 por ciento, es decir, unos 24 euros anuales.
   En este punto, el área de Hacienda ha detallado que actualmente, Madrid ocupa el puesto 20 entre las 52 capitales de provincia en el Ranking Tributario Municipal del presente año, con Barcelona se sitúa en el puesto 12, Sevilla en el 11 y Valencia en el 19.
   Por otro lado, el Ayuntamiento de Madrid aplicará desde 2013 el nuevo sistema de pago a la carta para facilitar el pago fraccionado del IBI y de las basuras mediante el pago mensual, bimestral, trimestral y semestral.
   Se establecerán dos posibles modalidades. En la de máximo ahorro el contribuyente acepta la propuesta de la Administración municipal con una bonificación del 5 por ciento de la cuota. En la del plan de pago personalizado el ciudadano propone a la Administración municipal qué cuantía desea abonar periódicamente, siempre que se trate de una cantidad fija no inferior a 6 euros al mes. También tendrá derecho a una bonificación, aunque de menor importe que en la primera opción.
   El criterio para acogerse a esta nueva fórmula de pago es solicitarlo hasta el 20 de diciembre para que surta efectos desde enero de 2013. A partir del próximo año, las solicitudes presentadas telemáticamente entre los días 1 y 20 de cada mes surtirán efecto al mes siguiente de su presentación o a los dos meses si se realiza entre el día 21 y el último de cada mes. Asimismo, deberán domiciliar el pago en una entidad financiera y ser el solicitante el titular de la cuenta en la que se domicilie dicho pago.

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