MADRID.- La Audiencia Provincial de Madrid ha ordenado
al Juzgado de Instrucción nº 47 de Madrid reabrir la investigación
de otro caso de niños robados que implica a la religiosa María Gómez Valbuena al estimar que los delitos de detención ilegal, suposición de parto y alteración de paternidad no están prescritos.
La monja 'Sor María' está imputada en otra investigación
penal que conduce este mismo juzgado por el presunto robo de una niña en
la Clínica Santa Cristina el 31 de marzo de 1982. Se trata de uno de
los primeros casos de niños robados en los que madre, María Luisa Torres, e hija, Pilar Alcalde, se reencontraron casi 30 años después.
En una sentencia, los
magistrados estimar el recurso de apelación interpuesto por la Fiscalía
de Madrid, al que se adhirió la Asociación SOS Bbés Robados, contra el
auto que archivó hace un año esta causa penal. Por tanto, revoca el
pronunciamiento extintivo de la acción penal respecto de los delitos
reseñados.
Los hechos de este caso se remontan al 20 de abril de 1978 cuando
Felisa O. ingresó, embarazada, en la Casa de la Madre, perteneciente al
INAS, sito en la calle Goya, 120 de Madrid.
Tras un embarazo normal, dio a luz de forma espontánea el
26.05.1978, sobre las 14,15 horas. "Dos horas después del alumbramiento
una monja llamada Sor María comunicó al padre que el recién
nacido había fallecido, convenciendo a los presentes para que no vieran
el cadáver", recoge el fallo.
Según la Audiencia, "se produjeron una serie de circunstancias,
como deficiencias en la licencia de enterramiento, en la data del
embarazo, señalándose que era de ocho meses y medio, cuando había
cumplido los nueve, presencia en una habitación inmediata de un
matrimonio atento a la evolución de este embarazo, que hacen sospechar
la existencia de una sustracción del recién nacido y la entrega a
terceros".
En el Juzgado nº 47, se dictó un auto el 3 de noviembre de 2011 que
acordaba el sobreseimiento de las actuaciones por haberse extinguido la acción penal al haber prescrito.
Ahora, la Audiencia ordena que ese fallo se revoque, "dejando sin
efecto el pronunciamiento extintivo de la acción penal de los delitos
detención ilegal, suposición de parto y alteración de paternidad,
debiendo continuar la causa, en la fase en la que se encuentra, sin
expresa imposición de las costas procesales de la alzada".
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