MADRID.- El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 8 de Madrid ha anulado el cambio de nombre de la calle ‘Caídos de la División Azul’, en Chamartín, al estimar que queda fuera del encaje de la Ley de Memoria Histórica dado que “no exalta la dictadura” franquista.
El juez hace mención explícita al artículo 15 de dicha ley, el que
considera que no ampara el cambio de esta denominación. La calle rinde
homenaje en este momento a los voluntarios de la división española que luchó contra la Unión Soviética en la Segunda Guerra Mundial dentro del ejército de la Alemania nazi.
La modificación no es “ajustada a derecho” al estar fuera del encaje
del artículo 15 de la Ley de Memoria Histórica, precepto legal sobre el
que se sustentan los cambios del resto de nomenclaturas propuestas por
el Comisionado del Ayuntamiento de Madrid.
Así lo ha determinado en una sentencia, en la que estima el recurso
de un particular contra el acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad
de Madrid de 13 de julio de 2017, que desestima el recurso de reposición
interpuesto contra la resolución de la Junta de 4 de mayo de 2017
relativo al cambio de 52 calles de la ciudad de Madrid y en concreto a
la citada vía.
El recurrente alegaba en alusión al informe del Comisionado de la
Memoria Histórica del Ayuntamiento de Madrid que se olvidaba de que “la
única y exclusiva razón del nacimiento de la División Azul era combatir
el comunismo”, así como que “ninguno de sus miembros tuvieron que ver con el Holocausto”.
“Con la calle se recuerda a los que no volvieron de esa lucha contra el comunismo”, señala el recurso.
Al respecto, el juez señala que la División Azul se formó en 1941,
dos años después de finalizar la Guerra Civil. Por ello, recalca en la
sentencia que “no entra por tanto en el periodo de exaltación de la
sublevación militar (1936), ni de la guerra civil”.
“Sí se creó en el periodo de la dictadura pero su actuación
se desarrolla fuera de nuestras fronteras y no fueron de exaltación a la
dictadura“, argumenta.
En esta línea, alega el juez que los integrantes de la División Azul
“no realizaron acciones o conductas exaltando la rebelión militar, ni la
guerra civil, ni participaron en la represión de la guerra civil, ni mucho menos fueron instrumento o soporte de sostenimiento del sistema dictatorial implantado por Franco” .
En conclusión, según apunta el juez, el Comisionado incumple su
premisa inicial en relación a proceder a “la retirada del nombre de una
calle cuando de manera clara y nítida, el motivo principal de dicha
denominación tiene una vinculación directa con la exaltación de los tres
hitos históricos señalados por la Ley 52/2007, descartando aquellos
supuestos en los que dicha vinculación es muy menor o quede claramente
desplazada por la existencia de otros méritos y razones cuya relevancia
oscurecen las razones legales hasta el extremo de convertirlas en
irrelevantes”.
De este modo, acuerda que se anule al entender que no es ajustada a
derecho, anulando en consecuencia el cambio de nombre de la calle Caídos
de la División Azul. Contra esta decisión, cabe interponer un recurso
de apelación.
El pasado noviembre, el juez ya acordó suspender de forma cautelar el
cambio de nombre de esta calle. En la actualidad, la modificación de
todas las denominaciones está paralizada por orden de la Justicia a
instancias de un recurso presentado el 7 de julio por la Fundación
Nacional Francisco Franco ante el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo nº 23 de Madrid.
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