domingo, 17 de abril de 2011

La Fiscalía pide que Garzón sea absuelto por el TS en la causa por las escuchas a los abogados de "Gürtel"

MADRID.- La fiscal del Tribunal Supremo Pilar Fernández Valcarce solicita la absolución del juez Baltasar Garzón en la causa que le sentará en el banquillo acusado de prevaricación y otro contra las garantías constitucionales por ordenar la intervención de las conversaciones mantenidas por los cabecillas de la trama "Gürtel" con sus abogados en prisión.

   Frente a la opinión de las acusaciones, ejercidas por el abogado Ignacio Peláez (que defiende al constructor José Luis Ulibarri) y los propios imputados en "Gürtel" Francisco Correa y Pablo Crespo, que piden la inhabilitación para Garzón durante 17 años, la representante del Ministerio Público considera que en este caso no se ha producido delito, por lo que procede la exoneración del juez suspendido de la Audiencia Nacional.
   Además de la declaración de Garzón durante el juicio, la fiscal solicita la aportación de numerosos documentos que vendrían a explicar las razones por las que Garzón decidió proceder a las escuchas, así como ·"la integridad de las conversaciones grabadas, incluidas las que hayan sido expurgadas tanto en el procedimiento de origen como en la causa de esta Sala".
   Por otro lado, la Fiscalía se opone a la comparecencia en el juicio de los policías que intervinieron en la investigación de la presunta trama corrupta, cuya instrucción está finalizando actualmente en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) tras inhibirse Garzón del asunto al tener condición de aforados algunos de los investigados.
   En su escrito,  la fiscal considera que se trata de autoridades y funcionarios que únicamente conocieron los hechos en razón de su oficio, y que en cualquier caso sus conclusiones constan por escrito en las actuaciones.
  En su escrito, de 13 páginas, la fiscal Fernández Valcarce recuerda que el 9 de febrero, en el curso de la investigación por Garzón de la presunta trama de concesiones irregulares, se produjo la imputación de los abogados José Antonio López Rubal, Manuel Delgado Solís, Luis de Miguel Pérez y José  Ramón Blanco Balín, si bien el primero de ellos continuó ejerciendo la defensa de Correa y Crespo hasta finales de ese mismo mes.
   Según recuerda la Fiscalía, Garzón tenía indicios de que determinados miembros de los despachos de esos abogados estaban interviniendo en operaciones dirigidas a blanquear dinero.
   El primer examen de la documentación obtenida en los registros a los miembros de la trama revelaba además la existencia de un extenso entramado de sociedades "que alcanzaba territorios no precisamente caracterizados por su cooperación con la justicia" (Isla de Nevis, Guraçao, Panamá), y las intervenciones telefónicas venían a señalar que se estaban preparando operaciones dirigidas a reorganizar los fondos de la trama ubicados en el extranjero, entre ellas una dirigida a blanquear 20 millones de euros depositados en Suiza.
   Según la Fiscalía del Tribunal Supremo, estos indicios llevan al juez a la "lógica consecuencia" de que los cabecillas de trama tratarían de culminar la operación a través de terceras personas con las que deberían contactar en el centro penitenciario, y esta es la razón por la que ordenó las escuchas en un auto dictado en 19 de febrero de 2009, que luego prorrogó mediante una segunda resolución el 20 de marzo siguiente.
   En ambas resoluciones, según destaca la Fiscalía en su escrito, se hace hincapié en dejar a salvo el derecho de defensa, y el 27 de marzo se dicta un nuevo auto señalando que debían excluirse las transcripciones de aquellas conversaciones referidas a la estrategia de defensa de los abogados con sus clientes.
   Añade la fiscal que no consta acreditado que el contenido de aquellas grabaciones fuera utilizado por el instructor Garzón "para dirigir o variar la investigación llevada a cabo" a la trama ni tampoco consta la utilización de los datos conocidos exclusivamente  por las grabaciones. Los datos que han permitido sostener la causa, según el fiscal, estaban contenidos en un "pendrive" requisado a otro miembro de la "Gürtel", José Luis Izquierdo, antes de aprobarse las escuchas.
    Como contraposición a este análisis, el magistrado instructor de esta causa contra Garzón en el Tribunal Supremo,  Alberto Jorge Barreiro, considera que el titular del Juzgado Central de Instrucción número 5 tenía la finalidad de "obtener información de relevancia para el proceso, que no tenía seguridad de poder obtener mediante la utilización de medios lícitos", y por ello "decidió acceder indebidamente a las conversaciones confidenciales" que mantenían los internos con sus abogados en los locutorios de prisión.
   Jorge Barreiro agrega en su auto de apertura de juicio oral, que fue dictado el pasado día 11, que la pretensión del juez era "obtener datos reservados para favorecer el éxito de la investigación", dada la confianza de los acusados de la Gürtel "en la confidencialidad de las comunicaciones con su letrado".
   El auto especifica que el juez de la Audiencia Nacional podría haber incurrido en la comisión de un delito continuado de prevaricación judicial y otro de uso de artificios de escucha y grabación con violación de las garantías constitucionales. No obstante, "ambos delitos concurren" por lo que prevalecería como tipo penal aplicable el de prevaricación.
   Por otra parte, la defensa de Garzón en esta causa, que ejerce el abogado sevillano Francisco Baena Bocanegra, ha presentado un recurso ante el magistrado Jorge Barreiro en el que le pide que reconsidere la denegación, como prueba documental en su defensa, del auto dictado por el actual instructor del caso "Gürtel", Antonio Pedreira en diciembre de 2010 en el que archivaba las actuaciones contra los abogados Manuel Delgado Solís y José Antonio López Rubal.

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